Calculadora oficial ITP Cataluña 2026 (Valores Generalitat)
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Si no tienes claro qué modelo presentar, cuánto debes pagar o cómo continuar con el cambio de nombre del vehículo, podemos revisarlo por ti sin compromiso.
Revisamos si corresponde presentar el modelo 620 o el modelo 621.
Comprobamos el cálculo del ITP según el vehículo y la Comunidad Autónoma.
Te explicamos cómo podemos gestionar el ITP y la transferencia del vehículo.
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Déjanos tus datos y te contactamos para ayudarte con el trámite.
¿Para qué sirve el ITP de un vehículo?
El ITP es el impuesto que se paga cuando compras un vehículo de segunda mano a un particular. Es uno de los pasos necesarios antes de poder hacer el cambio de titularidad en la DGT.
Qué es el ITP y cuándo se paga
El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales se aplica cuando compras un coche, moto u otro vehículo usado a un particular.
Aunque es un impuesto estatal, la gestión depende de cada Comunidad Autónoma. Por eso, el importe puede variar según dónde tenga su residencia habitual el comprador.
En Cataluña, el tipo general para la compraventa de vehículos usados es del 5%. Desde junio de 2025, los vehículos con distintivo cero emisiones tributan al 0%, aunque igualmente debe presentarse la autoliquidación.
ITP o IVA: ¿cuál corresponde?
La clave está en quién vende el vehículo. Si compras a un particular, normalmente se paga ITP. Si compras a una empresa o concesionario, se paga IVA en la factura.
Descarga el modelo 620 y el modelo 621
Estos son los documentos oficiales necesarios para presentar el ITP y poder continuar con el trámite ante la DGT.
Modelo 620 de transmisiones patrimoniales
Sirve para presentar el ITP en operaciones de compraventa de vehículos usados entre particulares, especialmente cuando necesitas cumplimentar el modelo en formato papel o conservar el documento para el trámite.
Descargar modelo 620Modelo 621 de transmisiones patrimoniales
Sirve para la autoliquidación del ITP en compraventas de vehículos usados cuando el trámite se realiza por vía telemática o mediante el sistema habilitado por la administración tributaria.
Descargar modelo 621Exenciones del ITP en Cataluña: Coches de más de 10 años y etiqueta Cero/ECO
Existen varios supuestos en los que no estás obligado a pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales al comprar un vehículo. Aquí tienes los casos más habituales de exención en Cataluña.
Revisa si tu caso puede estar exento, no sujeto o si corresponde presentar otro impuesto diferente.
Vehículos de más de 10 años (excepciones)
En Cataluña, no existe obligación de pagar ITP para vehículos de 10 o más años de antigüedad, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
- El vehículo tiene 10 o más años desde su primera matriculación.
- Su valor en el primer año era inferior a 40.000 € (según tablas ORMI).
- No está catalogado como vehículo histórico.
- Vehículos históricos o de colección.
- Vehículos cuyo valor original era igual o superior a 40.000 € (alta gama, deportivos, etc.).
Vehículos con distintivo cero emisiones
Desde el 27 de junio de 2025, los vehículos con distintivo ambiental de cero emisiones están exentos del pago del ITP en Cataluña (tipo impositivo 0%).
- Vehículos 100% eléctricos (BEV).
- Vehículos de pila de combustible de hidrógeno.
- Híbridos enchufables con autonomía eléctrica superior a 40 km.
Compra a empresa (se paga IVA)
Cuando compras un vehículo a una empresa, concesionario o profesional en el ejercicio de su actividad, no pagas ITP sino IVA.
- Te entregan una factura con IVA (21%).
- El vendedor es profesional: concesionario, compraventa, taller, etc.
- El vehículo estaba afecto a la actividad empresarial del vendedor.
- No pagas ITP (la operación está sujeta a IVA).
- Presentas el modelo 620 indicando “no sujeta”.
- La cuota a ingresar será cero.
- Debes adjuntar la factura como justificante.
Herencias y donaciones
Si recibes un vehículo por herencia o donación, no pagas ITP, pero sí otro impuesto:
- No pagas ITP.
- Pagas el Impuesto de Sucesiones.
- Modelo: 650 (no el 620).
- Plazo: 6 meses desde el fallecimiento.
- No pagas ITP.
- Pagas el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD).
- Modelo: 651 (no el 620).
- Plazo: 30 días desde la donación.
Ciclomotores
Los ciclomotores están exentos del pago del ITP en Cataluña.
- Vehículos con cilindrada no superior a 50 cc.
- Vehículos eléctricos con potencia máxima de 4 kW.
- No pagas ITP.
- No es necesario presentar el modelo 620.
- Puedes ir directamente a la DGT.
- Tasa 1.2: 27,85 €.
Si tienes dudas sobre si tu vehículo está exento o no del ITP, utiliza nuestra calculadora de ITP al inicio de esta página o contacta con Autogestión24 para recibir asesoramiento personalizado.
Cómo presentar y pagar el ITP de tu vehículo
Una vez calculado el ITP, debes presentar el modelo 620 ante la Agencia Tributaria de Cataluña. Este justificante es necesario para poder continuar después con el cambio de titularidad en la DGT.
Presenta el modelo 620 online
Para declarar la compraventa de un vehículo usado en Cataluña, puedes acceder al trámite oficial de la Agencia Tributaria de Cataluña y presentar el modelo 620 por internet.
En el trámite deberás indicar los datos de comprador, vendedor y vehículo, adjuntar la documentación correspondiente y realizar el pago si procede.
Presentar modelo 620 onlineTen preparada la documentación
Contrato de compraventa firmado por comprador y vendedor.
Datos del comprador y del vendedor.
Datos del vehículo y documentación necesaria para identificarlo.
Justificante de pago o presentación del modelo 620.
Continúa con el cambio de titularidad
Una vez presentado el modelo 620, podrás continuar con el trámite de cambio de titularidad en la DGT.
Ir al trámite de transferencia en DGTTambién puedes hacerlo presencialmente
- Descarga y rellena el modelo 620 en PDF.
- Acude a una entidad bancaria colaboradora o a Correos (coste 12,50 €).
- Realiza el ingreso.
- Si la cuota es cero (exento/no sujeto), presenta el modelo en las oficinas de la ATC con cita previa.
Con Autogestión24, nos encargamos de liquidar el ITP por ti como parte del servicio de transferencia.
Preguntas frecuentes sobre el ITP
Resolvemos las dudas más habituales antes de pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
¿Cuánto tengo que pagar de ITP por mi coche?
- Tipo general: 5% sobre el valor fiscal del vehículo
- Vehículos cero emisiones: 0% (exento desde junio 2025)
- Vehículos +10 años (con valor original < 40.000 €): exento
¿El ITP es lo mismo en toda España?
- Cataluña: 5% (0% cero emisiones)
- Madrid: 4%
- Andalucía: 8%
- Valencia: 6%
- País Vasco: 4%
¿Quién paga el ITP: comprador o vendedor?
- Comprador: pagar el ITP en 30 días, presentar el modelo 620/621 y conservar el justificante para la transferencia en la DGT.
- Vendedor: ninguna obligación con el ITP; solo debe firmar el contrato. Recomendable hacer la notificación de venta en la DGT.
¿Puedo pagar el ITP sin certificado digital?
- Opción 1 – Modelo 620 en papel: descárgalo, rellénalo y págalo en entidad colaboradora o en Correos.
- Opción 2 – Pago presencial con cita: solicita cita en la ATC y te ayudan a rellenar y pagar el modelo.
- Opción 3 – Autogestión24: nos encargamos de todo por ti sin certificado digital.
¿Qué pasa si no pago el ITP en plazo?
- Recargos: 5%, 10% o 15% sin requerimiento; con requerimiento: 20% + intereses.
- Imposibilidad de transferir: no podrás hacer el cambio de nombre en la DGT sin el justificante del ITP.
- Sanción tributaria: puede llegar al 50–150% si se considera ocultación.
- Intereses de demora: desde el día siguiente al vencimiento del plazo.
¿Necesito el justificante del ITP para la transferencia?
- Si has pagado: justificante modelo 620/621 pagado (incluyendo código CET si es online).
- Si estás exento/no sujeto: justificante modelo 620 presentado con cuota cero indicando el motivo.
¿Necesitas ayuda con tu trámite?
Si tienes dudas sobre cómo hacer el cambio de nombre de tu coche o moto, o necesitas asistencia durante el proceso, nuestro equipo de Autogestión24 está a tu disposición para ayudarte en todo lo que necesites.
Formas de contacto
Tlf: 664 39 17 44
Llámanos si prefieres hablar directamente con uno de nuestros asesores. Te ayudaremos a resolver tus dudas y te guiaremos paso a paso en tu trámite.
Correo electrónico: info@autogestion24.com
Envíanos un email con tu consulta y te responderemos en el menor tiempo posible. Es la opción ideal si necesitas adjuntar documentación o hacer preguntas más detalladas.
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De lunes a viernes: 09:00 - 18:00
Fuera de nuestro horario de atención, puedes enviarnos un email o dejar tus datos de contacto y nos pondremos en contacto contigo lo antes posible.
Consejo: si nos escribes por email, indica matrícula y motivo del trámite para ayudarte más rápido.
¿En qué podemos ayudarte?
- Verificar si tu vehículo tiene incidencias antes de iniciar el trámite
- Ayudarte con la documentación necesaria según tu caso
- Solucionar problemas técnicos durante el proceso de solicitud
- Hacer seguimiento del estado de tu trámite
- Gestionar cualquier incidencia con el envío o la recepción del documento
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